SUSTENTO DEL CLUB UNIVERSITARIO DE DEPORTES:
Artículo 12º del Estatuto de la ADFP:
“Ningún club podrá ser obligado a dar ayuda ni préstamo a favor de terceros ni a la ADFP, la cual no podrá disponer, sin el consentimiento individual de sus asociados, de los símbolos, banderines, emblemas, uniformes de los jugadores y/o todo aquello que consista Patrimonio institucional de cada Club Deportivo”
Sustento de la Asociación Deportiva de Futbol Profesional (ADFP):
Artículo 59º de las Bases del Torneo Descentralizado 2010
“Uso promocional o comercial del uniforme.- Los Clubes pueden inscribir propaganda comercial en el uniforme de sus jugadores. Para este efecto se observarán las disposiciones de la FIFA sobre el particular. En ningún caso esta propaganda puede impedir la perfecta visibilidad del número correspondiente al jugador.
a.- En caso de propaganda comercial pactada por la ADFP, para el financiamiento del Torneo, esta será de uso obligatorio por todos lo jugadores.
b.- Los jugadores no deben mostrar al público camisetas interiores con lemas o publicidad. El jugador que infrinja la presente disposición será multado de acuerdo al Titulo Décimo Tercero – “MULTAS”. El importe de la multa deberá ser deducido de las remuneraciones que perciba el jugador en su respectivo Club”
Los hinchas de UNIVERSITARIO DE DEPORTE nos preguntamos: ¿DEBEMOS PREOCUPARNOS POR ESTAS DISCREPANCIAS CONTRACTUALES? ¿UNIVERSITARIO DE DEPORTES SUMA UN NUEVO PROBLEMA A LOS QUE YA TIENE? ¿ESTAS DECISIONES A FUTURO DEBEN SER TOMADAS POR UNA DIRECTIVA QUE DEBIO CONCLUIR SU MANDATO EN EL 2009?
Esperamos que este lío de convenios o "protagonismo mediático" no pase a mayores.
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